Visado

El visado es la autorización formal que conceden las autoridades españolas que se debe presentar en el control de la frontera. Faculta para la entrada en el territorio nacional y para las solicitudes de la documentación que el interesado pida posteriormente.

El visado se adjunta al pasaporte o se incluye en sus hojas, e indica a las autoridades encargadas del control de fronteras que el documento ha sido inspeccionado y calificado como válido por el país de destino.

Existen diferentes tipos de visados que son expedidos en los consulados:

Visa de tránsito

Sirve para una persona que hace escala en un país para posteriormente continuar viaje a otro. Puede permanecer en esta escala por lo general un máximo de tres días.

Visa de turista

Destinado a personas que deseen visitar un país con un fin de turismo. Esta persona no puede ni trabajar ni hacer negocios en el país que visita. Se necesita tener un mínimo de dinero para poder entrar en el país. Su validez oscila entre uno y seis meses.

Visa de estudiante

Destinada a personas que estudian en el país de destino.

Visa diplomática

Dirigida a personas que tengan un cargo diplomático.

Visa de periodista

Sus destinatarios son periodistas que cubren determinados eventos informativos del país.

Visa de matrimonio

Para personas que contraen matrimonio con otra cuya nacionalidad es la del país de destino.

También puede distinguirse entre visados de entrada y visados de salida:

  • Visa de entrada: es una autorización para poder entrar en el país al que una persona se dirige.
  • Visa de salida: es el que algunos países exigen a sus ciudadanos cuando desean cruzar sus fronteras.
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