Direcciones útiles en el extranjero
Cuando se viaja al extranjero, es importante conocer las direcciones y el número de teléfono de los consulados y embajadas, ya que en caso de pérdida del pasaporte, accidentes graves, enfermedades, arresto, muerte, estos nos proporcionarán ayuda y comunicarán a los parientes más cercanos cuál es la situación.

CONSULADOS
Son órganos estatales que un Estado establece en ciertas ciudades de otro Estado, con el fin de proteger sus intereses y los de sus nacionales. El jefe de la oficina consular recibe el nombre de cónsul y será nombrado por el Estado que envíe y admitido al ejercicio de sus funciones por el Estado receptor. Así mismo, todo ciudadano europeo de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado. Los Estado miembros tomarán las disposiciones necesarias y entablarán las negociaciones internacionales requeridas para garantizar dicha protección. Corresponde a los Consulados la función de proteger y asistir a los nacionales españoles, víctimas de delito o abuso o que por alguna razón hayan caído en una situación de grave desgracia o necesidad, de tal manera que no resulten discriminados por su condición de extranjeros. Para desarrollar esta función los Consulados suelen recabar el apoyo y la colaboración de las autoridades locales competentes. Según el país de que se trate, las facilidades disponibles pueden variar.
Funciones:
· Renovación y establecimiento de pasaportes y demás documentos oficiales.
· Transcripción de nacimientos, defunciones, casamientos, divorcios, adopciones etc, ocurridos en el extranjero.
· Arreglo de la situación militar de los militares viviendo en el extranjero.
· Asistencia y ayuda financiera a los compatriotas indigentes o en otra situación emergencia.
· Cuidado a los compatriotas detenidos o encarcelados y vigilancia sobre la legitimidad de procedimientos judiciales.
· Establecimiento de visados a ciudadanos extranjeros e información sobre los trámites para recibir permisos de entrada, de residencia, de trabajo, etc.

EMBAJADAS
La embajada es un órgano diplomático permanente de un país en el territorio de otro. La función de las embajadas es conocida como "misión diplomática", que consiste en desarrollar las relaciones internacionales entre ambos
La misión diplomática se compone de un jefe (el embajador), unos funcionarios diplomáticos de diverso rango (consejeros y secretarios de embajada), agregados técnicos (militares, comerciales, prensa, culturales, etc.) y otros funcionarios subalternos más o menos numerosos que desempeñan diversas funciones.
Funciones:
· Representar al estado al que pertenezca.
· Proteger los intereses del Estado al que pertenece y los de sus nacionales.
· Negociar con el gobierno del estado receptor.
· Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas con el estado receptor.
· Eventualmente podrán ejercer funciones consulares cuando el Estado al que represente no tenga otro consulado.

OFICINAS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA
DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL: Dependen del Instituto de Turismo de España. Su función principal es promocionar el turismo en nuestro país y están situadas en las principales ciudades y capitales del mundo que pudieran ser clientes turísticos potenciales.
DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: Se encuentran en las principales localidades turísticas de cada comunidad Actúan como centros de información.
DE LOS AYUNTAMIENTOS: Proporcionan información local y comarcal sobre todo tipo de actividades turísticas, culturales, artísticas, etc, de la región.